De conformidad con el decreto que entró en vigor el 24 de abril 2021 en materia de subcontratación y el acuerdo por el que se dan a conocer les disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecuten obras especializadas publicado el 24 de mayo de 2021, cualquier empresa que
ponga a disposición de otra a sus empleados para para ejecutar su servicio en las instalaciones de la beneficiaria debe entenderse como servicio especializado y deberá obtener su constancia de registro de servicios especializados en el REPSE.
Mediante un Decreto publicado el pasado 31 de julio, se otorgó una prórroga para las empresas las cuales tienen hasta el 1ro de septiembre para obtener su constancia de servicios especializados.
Por lo anterior, a partir del 1ro de septiembre en caso de necesidad de contratar a una empresa de servicios u obras especializadas, será indispensable solicitar al contratista la siguiente documentación:
✓ Copia simple del registro en el REPSE del proveedor
✓ Un contrato firmado entre el contratante y contratista con las siguientes menciones: